Jornada laboral en Colombia: 42 horas semanales desde julio de 2026
La Ley 2101 de 2021 redujo la jornada laboral en Colombia a partir del 15 de julio de 2026 a 42 horas semanales.
El artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, definiendo la duración máxima de la jornada laboral en 42 horas semanales.
La reducción de la jornada laboral se llevó a cabo de manera gradual, culminando en julio de 2026.
Fases de implementación de la jornada laboral
Según el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021, la implementación de la jornada laboral se realizó en cuatro fases, así:
- Fase 1 (Desde el 15 de julio de 2023): en esta etapa, la jornada laboral se redujo a 47 horas semanales.
- Fase 2 (Desde el 15 de julio de 2024): se redujo a 46 horas semanales.
- Fase 3 (Desde el 15 de julio de 2025): se redujo a 44 horas semanales.
- Fase 4 (Desde el 15 de julio de 2026): finalmente, la jornada laboral se estabilizó en 42 horas semanales, jornada vigente en la actualidad.
Las cuatro fases ya se cumplieron. Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima legal vigente en todo el país es de 42 horas semanales.
Durante el proceso de implementación (2023-2026), los empleadores tuvieron la opción de adoptar la jornada de 42 horas semanales de forma anticipada.
A continuación, presentamos la tabla de las horas semanales y mensuales para cada jornada establecida por la Ley 2101 de 2021:
| Fecha de implementación | Horas a la semana | Horas diarias (Hrs semana/6) |
Horas al mes (Hrs día X 30) |
|---|---|---|---|
| Jornada antes de la Ley 2101 | 48 | 8,00 | 240 |
| A partir del 15 de julio de 2023 | 47 | 7,83 | 235 |
| A partir del 15 de julio de 2024 | 46 | 7,67 | 230 |
| A partir del 15 de julio de 2025 | 44 | 7,33 | 220 |
| A partir del 15 de julio de 2026 | 42 | 7,00 | 210 |
Impacto de la reducción de la jornada laboral
La implementación de la reducción de la jornada laboral, según lo establece la Ley 2101 de 2021, conlleva diversas implicaciones:
- Modificación de horarios laborales: los empleadores están obligados a ajustar la duración de la jornada ordinaria laboral de sus trabajadores, siguiendo el cronograma establecido en la legislación.
- Incremento en el valor de la hora ordinaria: como resultado de la reducción de las horas trabajadas al mes, el valor de la hora ordinaria aumenta, ya que el salario mensual se divide entre un menor número de horas.
- Actualización de contratos de trabajo: si los contratos laborales hacen referencia a la jornada de trabajo, es necesario actualizarlos para reflejar la nueva duración de la jornada laboral.
- Cálculo de horas extras y recargos: las horas extraordinarias y los recargos deben calcularse en función del nuevo valor de la hora ordinaria. Además, desde el 25 de diciembre de 2025 el recargo nocturno inicia a las 7:00 p. m. (antes 9:00 p. m.), y desde el 1 de julio de 2026 el recargo dominical y festivo subió de 80 % a 90 %, dos cambios introducidos por la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), independientes de la Ley 2101 de 2021.
- Fin del día de la familia: a partir del 15 de julio de 2026, ya no será obligatorio otorgar el día de la familia.
¿Cuál es la nueva jornada ordinaria de trabajo?
El artículo 158 del CST, establece que la jornada ordinaria de trabajo es la convenida entre las partes. Si no se deja explícita, será la máxima legal.
Según la Ley 2101 de 2021, desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima es de 42 horas a la semana, que se traducen en 210 horas al mes.
La jornada ordinaria de trabajo es el tiempo máximo que un empleado puede dedicar a su trabajo. Se puede distribuir de forma variable durante la semana, teniendo un máximo de 9 horas y 6 días a la semana, sin que se genere recargo por trabajo suplementario, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima de la semana.
En las empresas privadas, empleadores y trabajadores pueden pactar jornadas inferiores a la jornada máxima legal de 42 horas semanales vigente desde julio de 2026. Esa jornada ordinaria pactada puede estar especificada en los siguientes documentos:
- El contrato laboral.
- Acuerdos adicionales, como un otro sí.
- El reglamento interno de trabajo, entre otros.
Si bien, la reducción de la jornada laboral es de carácter obligatorio, hay algunas excepciones, como son: el desarrollo de labores insalubres y peligrosas, jornadas de los menores de edad y la jornada laboral de 36 horas. Para obtener más información, revisa el conversatorio acerca de la jornada laboral con la Dra. María Lucía Barrera, Abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad social.
¿Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?
El valor de la hora ordinaria se calcula tomando el salario mensual del trabajador y dividiéndolo entre las horas laboradas al mes.
Valor de la hora ordinaria = Salario mensual / Horas laboradas al mes
Antes de la reducción de la jornada de la Ley 2101 de 2021, la jornada máxima establecida era de 48 horas a la semana, que correspondía a 240 horas laboradas al mes.
Debido a la reducción de la jornada, el cálculo del valor de la hora depende de las horas de la jornada laboral que se implemente. Esto es precisado por el Ministerio del Trabajo en el documento No. 16177 del 08/08/2023, con el siguiente concepto:
“Por tanto, para calcular el valor hora:
Se tomaría el valor del salario devengado por el trabajador y se dividiría entre 235 horas al mes, obteniendo como resultado, el valor hora del trabajador según cada caso en particular y concreto.”
¿Cómo calcular el valor de la hora a partir del 15 de julio de 2026?
El documento del Ministerio realiza el cálculo con 235 horas, pero ese valor se debe reemplazar según las horas mes de la jornada que corresponda implementar en cada época, conforme al artículo 3 de la Ley 2101 de 2021.
Para calcular la hora ordinaria se usa la misma fórmula que se aplicaba antes de la reducción, pero a partir del 15 de julio de 2026 se debe calcular con 42 horas a la semana, así:
42 horas a la semana / 6 días laborales = 7,00 horas diarias laborales
Con las horas diarias se calculan las horas laboradas en el mes:
7,00 horas diarias × 30 días = 210 horas al mes
El valor de la hora ordinaria se determina tomando el salario del colaborador y dividiéndolo entre las horas laboradas al mes:
Valor de la hora ordinaria = Salario mensual / 210 horas al mes
Aplicando el salario mínimo legal mensual vigente de 2026, que es de $1.750.905 (Decreto 159 de 2026):
Valor de la hora ordinaria = $1.750.905 / 210 horas = $8.337,64
En resumen, el valor de la hora ordinaria depende de la jornada implementada: a menor cantidad de horas laboradas al mes, mayor será el valor de la hora ordinaria.
Calcula el valor de las horas extras con la nueva jornada
La calculadora laboral de Bitákora tiene en cuenta las jornadas laborales de 42 horas a la semana. Podrás calcular cuánto valen los distintos tipos de horas extras o recargos, como la hora extra diurna, teniendo en cuenta la reducción de la jornada laboral.

Calcula el valor de horas extras y recargos teniendo en cuenta la nueva jornada laboral
Administración de la jornada laboral con Bitákora
La jornada laboral máxima en Colombia se redujo gradualmente hasta estabilizarse en 42 horas semanales en julio de 2026. Por lo anterior año a año, los sistemas de nómina deberán reformular sus cálculos para determinar correctamente los pagos de horas extras y recargos nocturnos.
Adicionalmente, los empleadores y trabajadores podrán pactar en cualquier momento jornadas laborales inferiores a las máximas vigentes.
El software de nómina Bitákora ofrece la configuración por parte de los empleadores de las jornadas laborales que desee aplicar. También podrá aplicar jornadas laborales en medio del mes, entendiendo que los cambios exigidos por el Decreto se aplican a partir de cada 15 de julio.
Con Bitákora no tendrás que hacer cálculos manuales de los pagos de horas extras y recargos. Además, puedes generar el documento de nómina electrónica en un clic.
