Contrato a término fijo en Colombia
Aprende sobre el contrato de trabajo a término fijo en Colombia: Definición, características y lo esencial sobre su terminación.
El contrato a término fijo es una modalidad interesante para las empresas que requieren personal por temporadas o para realizar un proyecto específico con una duración determinada.
En los próximos apartados, exploraremos qué implica un contrato a término fijo, detallaremos sus características, el periodo de prueba y las condiciones para realizar su terminación.
¿Qué es un contrato a término fijo?
En Colombia, el contrato a término fijo es un acuerdo laboral en el cual las partes determinan de antemano su duración. Este periodo no puede exceder los tres años, pero es renovable según lo acuerden tanto el empleador como el trabajador.
En términos generales, los contratos a término fijo se utilizan en situaciones donde se establece un periodo específico para la relación laboral. Algunos ejemplos comunes de situaciones o actividades que podrían requerir un contrato a término fijo son:
- Proyectos Temporales: Cuando se necesita contratar personal para realizar un proyecto específico con una duración determinada.
- Sustituciones Temporales: Para cubrir una posición durante la ausencia temporal de un empleado, como licencia por maternidad o vacaciones.
- Eventos o Temporadas: En industrias estacionales, como el turismo o la agricultura, donde la demanda de trabajo puede variar según la temporada.
- Trabajos específicos o proyectos de corta duración: Para roles que tienen un propósito definido y limitado en el tiempo.
- Pruebas de Desempeño: Algunas empresas optan por contratos a término fijo al principio para evaluar el desempeño del empleado antes de ofrecer un contrato a largo plazo.
Características del contrato a término fijo
El contrato a término fijo nace con una fecha definida para la terminación del contrato. Siempre debe estar por escrito. El artículo 46 del CST, describe las condiciones para que sea válido este tipo de contrato y son las siguientes:
- Contrato por escrito:
- Si no se cumple con esta formalidad, se entenderá que es un contrato a término indefinido.
- Duración del contrato:
- Debe especificar una fecha de inicio y de finalización del contrato.
- La duración puede ser de menos de un año, un año y máximo tres años.
- Es posible renovar el contrato a término fijo indefinidamente.
- Renovación automática:
- Si ninguna de las partes notifica por escrito con al menos 30 días antes de la fecha de vencimiento, se renovará automáticamente.
- Prestaciones sociales y vacaciones:
- Los empleados con contrato a término fijo, tienen derecho, desde el primer día hasta la finalización del contrato, al pago de prima, cesantías, intereses de cesantías y vacaciones, en proporción al tiempo laborado.
- Seguridad social y parafiscales:
- A los empleados con este tipo de contrato, se les debe aportar desde el primer día contrato a la seguridad social en salud, pensiones, ARL y parafiscales.
Duración mínima
El contrato a término fijo puede tener una duración inferior a un año y cuenta con una renovación limitada de la siguiente manera:
- Si la duración es inferior a un año, se puede renovar sucesivamente hasta por tres periodos iguales o inferiores.
- Después de estos tres periodos, la renovación no puede ser inferior a un año.
- Al renovarse por un año, se podrá prorrogar indefinidamente por esta duración.
Duración máxima
La duración máxima de un contrato a término fijo no puede ser exceder los tres años, pero puede renovarse de manera indefinida.
El hecho de que sea renovable indefinidamente no implica automáticamente su transformación en un contrato a término indefinido. Permanecerá como un contrato a término fijo, a menos que ambas partes decidan de común acuerdo cambiarlo a un contrato a término indefinido.
Periodo de prueba
El periodo de prueba del contrato a término fijo en Colombia, está regulado por el artículo 78 del CST y presenta las siguientes características:
- Si se acuerda un periodo de prueba, este debe constar por escrito al inicio del contrato.
- El periodo de prueba no puede ser mayor a dos meses.
- En los contratos a término fijo, donde la duración es menor a un año, el periodo de prueba no debe superar la quinta parte del tiempo inicialmente pactado, sin exceder los dos meses.
- En las renovaciones automáticas del contrato, el periodo de prueba solo es válido para el primer contrato.
- Durante el periodo de prueba, el contrato de trabajo puede ser terminado unilateralmente en cualquier momento, incluso sin previo aviso, y dicha terminación no conlleva el pago de indemnización.
- En caso de terminación del contrato durante el periodo de prueba, el empleador está obligado a cubrir todas las prestaciones de ley correspondientes.
¿Cómo se termina un contrato a término fijo?
La forma natural de concluir un contrato a término fijo es cuando expira el plazo acordado, según lo establecido en el literal c del numeral 1 del artículo 61 del CST, que lo define como la expiración del plazo fijo pactado.
En este contexto, la terminación del contrato a término fijo debido a la finalización del plazo constituye una justa causa y no da lugar a una indemnización por despido sin justa causa.
Sin embargo, hay normativas adicionales, según el numeral 1 del artículo 46 del CST, que establece que, si el empleador determina que ya no necesita los servicios del trabajador, debe notificarle por escrito con 30 días de antelación antes de que finalice el plazo pactado.
Además de la finalización del plazo, existen otras formas de dar por terminado el contrato a término fijo:
- Decisión voluntaria del trabajador
- Decisión justificada del empleador
- Decisión injustificada del empleador (sin justa causa)
- Reconocimiento de la pensión del trabajador
- Muerte del trabajador
Cuando el empleador realiza la terminación sin una justificación respaldada por la ley o sin cumplir con el preaviso por escrito de 30 días antes de su conclusión, el empleado tiene derecho a recibir una indemnización por despido sin justa causa.
Cómo se afecta el contrato a término fijo con la Reforma Laboral 2024
El Proyecto de Reforma Laboral, presentado en el segundo semestre de 2023 y actualmente en trámite en el Congreso de Colombia, propone la implementación del contrato a término fijo como una modalidad exclusiva para casos excepcionales y para el desempeño de tareas de naturaleza temporal.
Asimismo, la propuesta de reforma laboral establece que, en caso de no cumplir con las condiciones y requisitos especificados para esta modalidad de contratación, se considerará que dicho contrato, desde el inicio de la relación laboral, adquirirá un carácter indefinido.
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