La Reforma Laboral es ley: estos son los cambios más importantes
El 25 de junio de 2025, el Presidente de la República firmó la Ley 2466 de 2025 de Reforma Laboral, luego de ser aprobada por el Senado. Con esta sanción, la reforma entra oficialmente en vigor, marcando un nuevo capítulo en las relaciones laborales del país.

Con 59 votos a favor y 16 en contra, el Senado de la República aprobó el informe de conciliación de la Reforma Laboral.
Tras la conciliación del texto final el pasado viernes 20 de junio de 2025, estos son los principales cambios aprobados.
Esta reforma introduce modificaciones sustanciales en la jornada laboral, los contratos de aprendizaje, las licencias remuneradas y las plataformas digitales, entre otros temas. Por tanto, es fundamental que las áreas de talento humano y contabilidad conozcan estos ajustes para anticipar su implementación y evitar riesgos de incumplimiento normativo.
Descarga de una fuente oficial la Ley 2466 de 2015.
Para facilitar su análisis, hemos dividido este artículo en dos secciones:
- Cambios que impactan directamente la liquidación de nómina
- Cambios de carácter administrativo y operativo
Cambios que impactan la liquidación de la nómina
A continuación, te presentamos los artículos de la Reforma Laboral que modifican directamente los cálculos de nómina de los trabajadores. Estos ajustes exigen a los empleadores actualizar sus sistemas de liquidación, y en casos como el contrato de aprendizaje y las plataformas digitales, también deberán realizar ajustes en la presentación de la planilla PILA.
Jornada nocturna desde las 7 pm (antes de la reforma: 9 pm)
- Hora laborada después de las 7 pm, aplica con recargo del 35% adicional.
- Entra en vigencia 6 meses después de la firma de la ley.
Recargo dominical y festivo, diurnos
- Ahora con un recargo adicional del 100%. Antes del 75%.
- 📈Incremento gradual de forma anual:
- 1 de julio de 2025: 80%
- 1 de julio de 2026: 90%
- 1 de julio de 2027: 100%
Contrato de aprendizaje
- Ahora es un contrato laboral especial y a término fijo, regido por el CST. No superior a 3 años. No recibe salario, sino un apoyo de sostenimiento mensual. Se reconocerá como experiencia laboral.
- 🧑🏫 Fase lectiva: 75 del SMLMV:
- Derecho al aporte de salud y riesgos laborales, pagado 100% por la empresa.
- 🧑🔧 Fase práctica: 100% del SMLMV:
- Derecho a la seguridad social integral (salud y pensión) y riesgos laborales.
- Pago de todas las prestaciones sociales, auxilios y demás derechos del contrato laboral.
- 🎓Aprendiz estudiante universitario:
- Apoyo de sostenimiento mensual mínimo de un SMLMV.
Monetización de la cuota de aprendizaje
- Debe cancelar 1.5 SMLMV por cada aprendiz que no contraten.
Auxilio de conectividad para teletrabajadores
- Reemplaza el auxilio de transporte para quienes ganan menos de 2 SMLMV y teletrabajan.
Licencias remuneradas. Se crean y aclaran las siguientes
- Grave calamidad doméstica: Suceso familiar, hasta el 3 grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
- Para asistir a citas médicas programadas o de urgencia.
- Asistir a obligaciones escolares como acudiente.
- Citaciones judiciales, administrativas y legales.
- Día de descanso remunerado cada 6 meses, por uso de bicicleta como medio de transporte para llegada y salida del trabajo.
Trabajadores de plataformas digitales (apps). Pueden ser dependientes o independientes
- Los dependientes y subordinados deben ser afiliados a:
- Salud, pensión y ARL.
- Podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial.
- Los independientes y autónomos:
- El empleador debe pagar aportes a salud y pensión en un 60% y el trabajador el 40%.
- Afiliación y pago de la ARL a cargo exclusivo de la empresa.
- El IBC se calculará con base en el 40% de la totalidad de los ingresos del trabajador.
- Las empresas deben generar reportes de horas de servicio efectivo de los trabajadores digitales a las entidades recaudadoras y al trabajador al final de cada mes.
Cambios de carácter administrativo y operativo
Estos son los ajustes que los empleadores deben tener en cuenta al momento de contratar, renovar o finalizar contratos de trabajo, así como en la gestión general del talento humano bajo el nuevo marco normativo.
Contrato indefinido como regla general
- Esto significa que, salvo casos excepcionales justificados, toda relación laboral deberá formalizarse mediante esta clase de contrato, que garantiza mayor estabilidad y protección al trabajador.
Contratos a término fijo y de obra serán para trabajo ocasional, accidental o transitorio
- Deben pactarse por escrito.
- Contratos a término fijo limitados a 4 años, luego cambian automáticamente a indefinidos.
- Después de la cuarta prórroga, el contrato no puede renovarse por menos de un año.
- Aplica la prórroga automática si no se notifica 30 días antes del vencimiento.
Regulación de plataformas digitales
- Deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo.
- Registrarse ante el Ministerio de la Información y las Telecomunicaciones (MinTIC).
- Serán vigiladas por la UGPP.
Gestión de horas extras en la jornada
- Ahora la empresa no requerirá permiso del Ministerio del Trabajo para laborar horas extras.
- El empleador debe llevar un registro de trabajo suplementario de cada trabajador.
- Entregar al trabajador una relación de horas laboradas.
- Las horas extras no pueden exceder de dos horas diarias y doce semanales. Excepto el sector de seguridad.
Obligación de contratar trabajadores con discapacidad, según el tamaño de la empresa
- Las empresas que tengan hasta 500 trabajadores: deben contratar al menos dos trabajadores con discapacidad por cada 100 trabajadores.
- A partir de 501 trabajadores: deberán contratar al menos un trabajador con discapacidad adicional por cada tramo de 100 trabajadores.
- Las personas con discapacidad deberán contar con la certificación expedida con lo que ordene el Ministerio de Salud y Protección Social.
- El empleador debe reportar los contratos celebrados con personas con discapacidad dentro de los 15 días siguientes a su celebración al Ministerio del Trabajo.
- Si el empleador incumple con la anterior información, dará origen a sanciones.
Artículos aprobados de la Reforma Laboral
A continuación, encontrarás una tabla con los 70 artículos aprobados el 20 de junio de 2025 en la sesión de conciliación realizada en el Senado de la República.
Nº Art. | Nombre del Artículo |
---|---|
1 | Objeto |
2 | Relaciones que regula |
3 | Restricción de inaplicabilidad |
4 | Principios |
5 | Contrato laboral a término indefinido |
6 | Contratos a término fijo y por obra o labor determinada |
7 | Debido proceso disciplinario laboral |
8 | Publicación del reglamento interno de trabajo |
9 | Factores de evaluación objetiva del trabajo |
10 | Trabajo diurno y nocturno |
11 | Jornada máxima legal |
12 | Relación de horas extras |
13 | Límite al trabajo suplementario |
14 | Remuneración en días de descanso obligatorio |
15 | Obligaciones especiales del empleador |
16 | Límites a la subordinación |
17 | Protección contra la discriminación |
18 | Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo |
19 | Experiencia laboral de personas privadas de la libertad |
20 | Medidas en contra de la discriminación y la estigmatización laboral a personas reintegradas y reincorporadas en el marco del conflicto armado |
21 | Contrato de aprendizaje |
22 | Internos de medicina |
23 | Monetización de la cuota de aprendizaje |
24 | Definiciones trabajo en plataformas digitales de reparto |
25 | Modalidades de trabajo en plataformas digitales de reparto |
26 | Registro de información en plataformas digitales de reparto |
27 | Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto |
28 | Sistema de registro de inscripción de empresas de plataformas digitales de reparto |
29 | Transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones |
30 | Supervisión humana de los sistemas automatizados |
31 | Programa de formación para el trabajo agrario y rural |
32 | Protección al trabajo femenino rural y campesino |
33 | Formalización del trabajo doméstico remunerado |
34 | Medidas de formalización y aportes a la seguridad social en microempresas y hogares |
35 | Beneficio para la creación de nuevos empleos -CREA EMPLEO |
36 | Trabajo agropecuario |
37 | Trabajadores migrantes |
38 | Puestos de trabajo en atención a emergencias, reforestación y forestación |
39 | Contrato de deportistas y cuerpo técnico |
40 | Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas |
41 | Contrato de trabajadores y trabajadoras del arte y la cultura |
42 | Medidas adicionales en relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines |
43 | Programa de primer empleo y programa de último empleo |
44 | Contratistas y subcontratistas |
45 | Empresas de servicios temporales |
46 | Jornada flexible para trabajadores con responsabilidades familiares del cuidado |
47 | Flexibilidad en el horario laboral para personas cuidadoras de personas con discapacidad |
48 | Prohibición al empleador sobre maniobras de elusión |
49 | Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado |
50 | Lineamientos para el desarrollo, adopción, consolidación y actualización de las competencias laborales para el crecimiento verde |
51 | Formación para la promoción de Empleos Verdes y Azules |
52 | Modalidades de teletrabajo |
53 | Auxilio de conectividad |
54 | Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores |
55 | Promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia |
56 | Entornos laborales flexibles |
57 | Política pública de protección laboral ante la automatización |
58 | Protección laboral frente a procesos de descarbonización y transición energética |
59 | Medida complementaria a los estatutos |
60 | Representación paritaria y/o proporcional en las organizaciones |
61 | Ajuste de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes o el sistema que lo reemplace |
62 | Prescripción |
63 | Acompañamiento a micros y pequeñas empresas y formalización laboral |
64 | Régimen simple laboral |
65 | Vinculación de trabajadores dependientes en condiciones de vulnerabilidad |
66 | Ruta de empleabilidad |
67 | Artículos que comenzarán a regir 12 meses después de que el Gobierno reglamente |
68 | Vinculación de las madres comunitarias, trabajadores(as) de hogares infantiles y madres sustitutas |
69 | Formalización laboral de las personas manipuladoras de alimentos del Programa de Alimentación Escolar -PAE- |
70 | Vigencia y derogatorias |
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