Nómina Electrónica: plazos para su transmisión a la DIAN
Cumple con la transmisión de la nómina electrónica y garantiza la deducción de costos laborales en tu declaración de renta.

En Colombia, las personas naturales y jurídicas que requieran descontar la nómina pagada a sus empleados en la declaración de renta, ya sea como un costo o deducción de los pagos laborales, debe generar y transmitir mensualmente la nómina electrónica a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
Luego de la validación por parte de la DIAN, este documento es el soporte fiscal idóneo de costos y deducciones.
Consulta a continuación el calendario para la presentación de la nómina electrónica ante la DIAN.
Plazo para enviar la nómina electrónica
La transmisión a la DIAN debe realizarse mensualmente dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al periodo de pago de la nómina para los trabajadores o pensionados a cargo del empleador. Esto según el artículo 8 de la Resolución 13 de 2021.
Aunque la resolución no especifica si los días son calendario o hábiles, según el artículo 62 de la Ley 4 de 1913, que establece, que en ausencia de una indicación específica, los plazos se entienden en días hábiles. Por lo tanto, se concluye que la fecha límite para transmitir la nómina electrónica, son los diez primeros días hábiles de cada mes.
Para el año 2025, los plazos establecidos por la DIAN son los siguientes:
Mes al cual corresponde la nómina | Fecha límite para transmitir a la DIAN |
---|---|
Enero de 2025 | 14 de febrero de 2025 |
Febrero de 2025 | 14 de marzo de 2025 |
Marzo de 2025 | 14 de abril de 2025 |
Abril de 2025 | 15 de mayo de 2025 |
Mayo de 2025 | 16 de junio de 2025 |
Junio de 2025 | 14 de julio de 2025 |
Julio de 2025 | 15 de agosto de 2025 |
Agosto de 2025 | 12 de septiembre de 2025 |
Septiembre de 2025 | 15 de octubre de 2025 |
Octubre de 2025 | 18 de noviembre de 2025 |
Noviembre de 2025 | 15 de diciembre de 2025 |
Diciembre de 2025 | 15 de enero de 2026 |
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